La Asociación Inmobiliaria de Edificios de Renta y Horizontal (AIERH), emitió un comunicado en el que recuerda que la labor de los trabajadores de edificio es «esencial». Así lo señala la Resolución del Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social de la Nación Nº-219 de fecha 20 de marzo de 2020.

Según establece el artículo 1, la actividad de los trabajadores y trabajadoras de edificios, con o sin goce de vivienda, que no se encuentren incluidos en los artículos 1º y 2º de la Resolución del Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social de la Nación Nº 207/2020, se considera esencial hasta el 31 de marzo del año 2020.

Además los empleadores de los trabajadores y trabajadoras mencionadas en el artículo precedente, deberán establecer cronogramas de prestación de servicios reducidos a los estrictamente necesarios y deberán otorgar los elementos idóneos de limpieza, cuidado, seguridad y prevención, con el objetivo de disminuir el nivel de exposición de estos trabajadores y trabajadoras.