Desde la Confederación Argentina de la Mediana Empresa (CAME) enviamos dos misivas al titular del Banco Central de la República Argentina (BCRA), Miguel Ángel Pesce, a fin de solicitarle, por un lado, la apertura regular de las sucursales bancarias de todo el país y así poder acceder a la completa nómina de servicios que normalmente ofrecen, sobretodo el retiro de efectivo para pago de salarios y jornales no bancarizados, y por el otro, que se emita la normativa correspondiente para que no se publiquen en la Central de Cheques Rechazados, aquellos que fueron rechazados durante el aislamiento obligatorio. 

El primer pedido radica en la urgente necesidad de las pymes de hacer frente a cumplimientos y obligaciones en el adverso marco coyuntural que se atraviesa, por lo que resulta indispensable que se habiliten la totalidad de las prestaciones de las entidades bancarias, tomando todos los recaudos higiénicos para preservar la salud de los trabajadores y de los clientes. 

El segundo requerimiento hace referencia a que, pese a las diversas normas (DNU, Resoluciones, Decisiones Administrativas y Disposiciones) que el Poder Ejecutivo Nacional adoptó, como así también las que el propio BCRA emitió; las pymes se están viendo profundamente perjudicadas por la inclusión de los cheques emitidos y que fueran rechazados, en la Central de Cheques Rechazados que publica el Banco Central, y es difundida por las Centrales de Riesgos.

Esta circunstancia afecta de modo grave la calificación crediticia de las empresas y de particulares, limitando el acceso a los instrumentos financieros que en la emergencia ha establecido el Poder Ejecutivo Nacional, así como también impacta sobre su calificación crediticia frente a proveedores y terceros.

Es por ello que solicitamos que no se proceda a la publicación en la Central de Cheques Rechazados, de los cheques que fueran rechazados durante el período aislamiento social, preventivo y obligatorio y que, una vez levantado el mismo, solo sean publicados aquellos que no fueran cancelados dentro de los 90 días de su rechazo, posibilitando de esta forma la regularización de la cadena de pagos, y evitando así los perjuicios que esto le pueda ocasionar a las pymes.