A través de la Resolución General N.º 5430/2023 de la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) publicada este viernes en el Boletín Oficial, se establece un régimen de facilidades de pago para la regularización de obligaciones impositivas, aduaneras y de los recursos de la seguridad social vencidas hasta el 31 de agosto de 2023, inclusive.

El régimen establece las siguientes condiciones:

Condiciones objetivas:

Las obligaciones a regularizar deben ser impositivas, aduaneras o de los recursos de la seguridad social, vencidas hasta el 31 de agosto de 2023, inclusive.

Se excluyen las obligaciones que se detallan en el artículo 3°, como por ejemplo los anticipos y/o pagos a cuenta, el impuesto al valor agregado que se debe ingresar por prestaciones de servicios realizadas en el exterior, los aportes y contribuciones con destino al Régimen Nacional de Obras Sociales, etc.

Pueden adherir al régimen los siguientes contribuyentes:
Pequeños contribuyentes.

Micro, pequeñas y medianas empresas (MiPyME) -Tramos 1 y 2-.

Entidades sin fines de lucro.

Demás contribuyentes.

No pueden adherir al régimen los sujetos que se detallan en el artículo 4°, como por ejemplo los condenados por delitos tributarios, los condenados por delitos comunes que tengan conexión con el incumplimiento de obligaciones tributarias, etc.

Plazos y condiciones de adhesión:

Plazo de adhesión:

El plazo de adhesión al régimen vence el 31 de diciembre de 2023, inclusive.

Cuotas:

El plan de facilidades de pago podrá consistir en un máximo de 60 cuotas mensuales, iguales y consecutivas, con un interés de financiación del 3% mensual.

Suspensión de inicio de juicios de ejecución fiscal y de la traba de medidas cautelares:

La AFIP se compromete a suspender hasta el 31 de diciembre de 2023, inclusive, el inicio de juicios de ejecución fiscal y la traba de medidas cautelares, con relación a las obligaciones que se regularicen en el marco del régimen.

El régimen de facilidades de pago establecido por la Resolución constituye una medida de alivio fiscal para los contribuyentes y responsables que se encuentren en situación de incumplimiento de sus obligaciones tributarias.

Fuente: Ámbito